Los envíos en régimen de depósito aduanero se rigen por dos plazos clave:
Límite de tránsito de 30 días
Por lo general, dispone de un plazo de hasta 30 días para trasladar la mercancía en régimen de depósito aduanero desde el puerto de llegada hasta el puerto de destino. Este plazo comienza a contar a partir de la última de estas dos fechas: cuando la CBP autoriza el traslado o cuando llega el medio de transporte. Si la carga se transporta en barcaza, el plazo de tránsito permitido se amplía a 60 días.
Plazo de 15 días en el lugar de destino
Una vez que el envío llegue al puerto de destino, dispondrá de 15 días naturales para realizar una de las siguientes acciones:
Si ninguna de estas acciones se ha completado antes del día 16, la mercancía quedará sujeta a los procedimientos de la Orden General (G.O.), y la CBP podrá trasladarla a un almacén de la G.O. a su cargo.
Si no se entrega el envío dentro del plazo de tránsito de 30 días, se considerará una entrega irregular y podrá dar lugar a sanciones. Además, todas las llegadas o salidas deben comunicarse a la CBP por vía electrónica en un plazo de dos días hábiles.