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Comprender las diferencias entre las entradas Type 86 de tipo 01, tipo 11 y Type 86 . Cuándo utilizar cada una  2

CSMS # 66319804 - ORIENTACIÓN: Orientaciones actualizadas para la presentación de entradas en relación con las funciones sustitutorias

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CSMS # 66319804 - ORIENTACIÓN: Orientaciones actualizadas para la presentación de entradas en relación con las funciones sustitutorias

Este mensaje actualiza los CSMS #65475725, 65829726, y 66242844 para proporcionar orientación actualizada para la presentación de clasificaciones de derechos de aduana de reemplazo del Capítulo 99 de la Lista Arancelaria Armonizada de los Estados Unidos (HTSUS) sobre ciertas importaciones de países miembros de la Unión Europea, Japón y el Reino Unido.

INSTRUCCIONES DE PRESENTACIÓN

Esta guía proporciona instrucciones actualizadas para importadores, intermediarios y declarantes sobre la presentación de entradas al Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP) relativas a determinadas importaciones de países miembros de la Unión Europea, Japón y el Reino Unido que están sujetas a un derecho de sustitución en virtud de las partidas 9903.02.20, 9903.02.73, 9903.94.41, 9903.94.43 y 9903.94.32 del HTSUS. Véanse los anuncios del Registro Federal 90 FR 37963, 90 FR 27851 y 90 FR 44638. No hay cambios en las instrucciones de presentación de entradas para informar de los derechos bajo otras clasificaciones del Capítulo 99 para los países miembros de la Unión Europea, Japón y el Reino Unido.

ACTUALIZACIÓN

HTSUS 9903.02.20, arancel recíproco de la UE:
Para un producto de la Unión Europea con un tipo de la columna 1 inferior al 15 por ciento, el total del arancel de la columna 1 y del arancel recíproco es del 15 por ciento.

  • Indique el importe del derecho del 15% en la partida 9903.02.20.
  • Indique el importe del derecho 0 y el valor de la línea en la clasificación HTSUS de los capítulos 1 a 97. 

HTSUS 9903.02.73, arancel recíproco de Japón:
Para un producto de Japón con un tipo de la columna 1 inferior al 15 por ciento, el total del arancel de la columna 1 y del arancel recíproco es del 15 por ciento.

  • Declare el importe del derecho del 15% en la partida 9903.02.73. 
  • Indique el importe del derecho 0 y el valor de línea en la clasificación HTSUS de los capítulos 1 a 97. 

HTSUS 9903.94.41, arancel de Japón para automóviles de la Sección 232:
Para un automóvil que es un producto de Japón con un tipo arancelario de la Columna 1 inferior al 15 por ciento ad valorem, el total del arancel de la Columna 1 y de la Sección 232 es del 15 por ciento.

  • Indique el importe del derecho del 15% en la partida 9903.94.41.
  • Indique el importe del derecho 0 y el valor de línea en la clasificación HTSUS del capítulo 87.

HTSUS 9903.94.43, arancel de la Sección 232 de Japón para piezas de automóviles:
Para una pieza de automóvil que sea un producto de Japón con un tipo de derecho de la Columna 1 inferior al 15 por ciento ad valorem, el total del arancel de la Columna 1 y de la Sección 232 es del 15 por ciento.

  • Reporte el importe del derecho del 15% en la partida 9903.94.43.
  • Indique el importe del derecho 0 y el valor de línea en la clasificación HTSUS de los capítulos 1 a 97.

HTSUS 9903.94.32, arancel de la Sección 232 del Reino Unido para piezas de automóviles:
Para una pieza de automóvil que sea un producto del Reino Unido con un tipo de derecho de la Columna 1 inferior al 10 por ciento ad valorem, el total del arancel de la Columna 1 y de la Sección 232 es del 10 por ciento.

  • Indique el importe del derecho del 10% en la partida 9903.94.32.
  • Indique el importe del derecho 0 y el valor de línea en la clasificación HTSUS de los capítulos 1 a 97.

EXCEPCIÓN DE DEVOLUCIÓN:

Si los importadores planean presentar una solicitud de devolución para el arancel de la Columna 1 para un automóvil que es un producto de Japón, o una pieza de automóvil que es un producto de Japón o del Reino Unido, y sujeto a las clasificaciones HTSUS 9903.94.41, 9903.94.43, o 9903.94.32 con tipos de derechos combinados, los derechos de la Sección 232 no son elegibles para devolución. Declare los derechos como sigue

Para una línea con HTSUS 9903.94.41 o 9903.94.43, informe el importe del derecho de la Columna 1 y el valor de la línea en la clasificación del Capítulo 1 al 97, e informe el importe del derecho basado en la diferencia entre el 15 por ciento y el arancel de la Columna 1 en el HTSUS del Capítulo 99.

Para una línea con HTSUS 9903.94.41 o 9903.94.43, informe el importe del derecho de la Columna 1 y el valor de la línea en la clasificación del Capítulo 1 al 97, e informe el importe del derecho basado en la diferencia entre el 15 por ciento y el arancel de la Columna 1 en el HTSUS del Capítulo 99.

Ejemplo:
Para un automóvil que es un producto de Japón, clasificado en el HTSUS 8703.22.01, el tipo arancelario de la columna uno es del 2,5%. El tipo total combinado de la columna uno y de la Sección 232 bajo el HTS 9903.94.41 es del 15%.

En HTSUS 8703.22.01, indique el importe del derecho basado en el tipo del 2,5%.

En HTSUS 9903.94.41, informe el importe del derecho basado en la tasa arancelaria del 12,5 por ciento (15 por ciento - 2,5 por ciento).

En la solicitud de devolución, reclame únicamente el importe del derecho del 2,5% de la columna uno. El derecho de la Sección 232 no puede ser objeto de devolución.

CORRECCIÓN POST RESUMEN:

Los importadores que puedan haber declarado incorrectamente los importes totales de derechos en las líneas de resumen de entrada con las partidas 9903.02.20, 9903.02.73, 9903.94.41, 9903.94.43 y 9903.94.32 del HTSUS deben presentar una corrección postresumen para actualizar su información de resumen de entrada.

Si encuentra algún error al presentar un resumen de entrada, póngase en contacto con su representante de clientes del CBP o con el servicio de asistencia ACE.

Número(s) de mensaje relacionado(s): 65475725, 65829726, 66242844

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